Introducción
Israel ha estado cometiendo durante más de 18 meses un genocidio transmitido en vivo contra 2,3 millones de palestinos y palestinas en la Franja de Gaza, ilegalmente ocupada y sitiada. Está intensificando sus brutales ataques y limpieza étnica en la Cisjordania ocupada, incluida Jerusalén Oriental, así como su régimen de apartheid de colonialismo de asentamientos contra todo el pueblo palestino, incluidas las personas refugiadas, que constituyen la absoluta mayoría del pueblo indígena palestino. Israel está siendo armado, habilitado y protegido en sus flagrantes violaciones de normas fundamentales del derecho internacional principalmente por el Occidente colonial, que acelera el colapso del derecho internacional y la instauración de una era donde prevalece la ley del más fuerte. Si los Estados de todo el mundo no actúan para detener el genocidio y el régimen de apartheid de Israel y para defender el derecho internacional, este también puede quedar sepultado bajo los escombros de Gaza.
El derecho internacional no deja dudas: el comercio que ayuda o asiste a las violaciones israelíes del derecho internacional es ilegal y crea complicidad con los crímenes de Israel, en particular con sus crímenes más atroces. Todos los acuerdos de libre comercio con el Israel del apartheid, por definición, ayudan y asisten en el mantenimiento del crimen de lesa humanidad que es el apartheid, así como su ocupación, que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) determinó como ilegal. También fortalecen y habilitan a Israel para continuar su indescriptible genocidio en Gaza y la limpieza étnica en Cisjordania. La cancelación de acuerdos comerciales con Israel, como han pedido expertos y expertas en derechos humanos de la ONU, es por lo tanto un deber legal y una medida crucial para que los Estados cumplan con su obligación de actuar eficazmente para asegurar que Israel ponga fin a sus violaciones del derecho internacional, particularmente su incumplimiento de normas perentorias.
En enero de 2024, la CIJ determinó que Israel está plausiblemente violando la Convención sobre el Genocidio en Gaza. En julio de 2024, la CIJ determinó que toda la presencia israelí, incluida la ocupación militar y los asentamientos coloniales en Gaza y Cisjordania, incluida Jerusalén Oriental, es ilegal y debe terminar lo antes posible. La CIJ también encontró a Israel en violación de la prohibición contra el apartheid. Estas determinaciones activaron las obligaciones de los Terceros Estados bajo el derecho internacional para no ser cómplices del genocidio, ocupación ilegal y apartheid de Israel, y para tomar medidas destinadas a poner fin y castigar los crímenes y violaciones de Israel.
En septiembre de 2024, la Asamblea General de la ONU aprobó por amplia mayoría una histórica resolución que adoptó la Opinión Consultiva de la CIJ y llamó a los Estados a, entre otras cosas, tomar "medidas para prevenir relaciones comerciales o de inversión que ayuden a mantener la situación ilegal creada por Israel en el Territorio Palestino Ocupado, incluidos los asentamientos y su régimen asociado".
Uno de los principales modos en que los países latinoamericanos apoyan concretamente el régimen de apartheid israelí es mediante el comercio. El comercio entre América Latina e Israel incluye la exportación de productos básicos y la importación de equipo militar y productos de agronegocios. Los principales sectores de la economía israelí están intrínsecamente vinculados al genocidio y la ocupación: el ámbito militar, la tecnología de doble uso y la agricultura de apartheid, basada en el robo de tierras y recursos hídricos palestinos.
Además, estos acuerdos de libre comercio facilitan la importación de armas y tecnologías que aumentan la militarización en América Latina, apuntando contra poblaciones marginadas y defensores de derechos humanos. Israel fue un proveedor clave de equipamiento militar y formación para la mayoría de las dictaduras y regímenes autoritarios en la región, incluidos Argentina, El Salvador, Guatemala, Chile y Brasil. El comercio militar y los acuerdos de formación de fuerzas de seguridad entre América Latina e Israel continúan. Gobiernos de extrema derecha en el continente reciben apoyo de Israel, también mediante tecnología militar y sistemas de vigilancia. Las armas "probadas en combate" de Israel siguen matando, no solo al pueblo palestino, sino también a comunidades racializadas y oprimidas en América Latina y en todo el mundo, mientras que las técnicas de represión israelíes son adoptadas por ejércitos y policías contra personas que defienden los derechos humanos y movimientos de base.
Un mundo donde el comercio promueve abiertamente sistemas de dominación colonial y financia la destrucción de pueblos enteros terminará dañando no solo al pueblo palestino, sino a la mayoría global.
Además de ser inmoral e ilegal, fomentar los lazos económicos con la economía israelí es imprudente, dado que se encuentra en una acelerada espiral descendente económica.
Dejando de lado el hecho de que con una población de 9,8 millones de personas Israel nunca ha sido un mercado global significativo, el aumento de la fuga de capitales y la reducción de las inversiones extranjeras en el sector tecnológico israelí han agravado la situación. En mayo de 2024, 130 destacados economistas israelíes enviaron al primer ministro israelí una "advertencia clara y enfática" sobre la "alta probabilidad" de que la economía y la sociedad israelíes –altamente militarizadas– cayeran en una "espiral de colapso". El prominente economista israelí Dan Ben-David argumentó que "Israel tiene cuatro años" antes de "colapsar", a menos que sus políticas gubernamentales cambiasen drásticamente. La deuda de Israel se disparó a aproximadamente 340 mil millones de dólares en la segunda mitad de 2024, un aumento del 20 % respecto al final de 2022. Con una calificación crediticia cercana al "bono basura" según Moody's, y una tasa de crecimiento del 0% en 2024 según S&P, Israel se ve obligado a pagar tasas de interés exorbitantes para gestionar su creciente deuda. A pesar de las afirmaciones de su inigualable maquinaria de propaganda, la economía israelí está de hecho encaminándose hacia el desastre.
Los Acuerdos de Libre Comercio y las obligaciones bajo la Convención contra el Genocidio
Los Terceros Estados están obligados, bajo la Convención contra el Genocidio, a "emplear todos los medios razonablemente disponibles" para prevenir el genocidio. Como señala la Dra. Irene Pietropaoli en su riguroso estudio Obligaciones de Terceros Estados y Corporaciones para Prevenir y Castigar el Genocidio en Gaza:
Mantener vínculos comerciales y de inversión, particularmente en los sectores de defensa y seguridad-militar, corre el riesgo de contribuir a las condiciones que la Orden de la CIJ identificó como presentando un riesgo plausible de genocidio en Gaza, además de aumentar la capacidad de Israel para violaciones del derecho internacional humanitario. [...] Un país que corte los lazos económicos puede o no tener un efecto directo en la prevención del genocidio, pero como señaló la CIJ en Bosnia vs Serbia, el deber es actuar, y 'los esfuerzos combinados de varios Estados, cada uno cumpliendo con su obligación de prevenir' pueden evitar la comisión del genocidio.
Un área clave de la capacidad de ciertos Estados para influir en Israel es la de las relaciones comerciales. [...] Varios países, ejerciendo presión económica significativa mediante la suspensión de acuerdos comerciales y cooperación económica, así como acciones diplomáticas generales como el retiro de embajadores, pueden tener un efecto combinado de restringir a Israel.
Esto impone a los Estados la obligación inmediata de revisar, suspender o cancelar sus acuerdos comerciales con Israel.
Los Acuerdos de Libre Comercio y las obligaciones reafirmadas por la Opinión Consultiva de la CIJ de julio de 2024 sobre la ilegalidad de la ocupación israelí
La CIJ, en su Opinión Consultiva sobre la ilegalidad de la presencia de Israel en los territorios palestinos ocupados, concluyó, entre otras cosas, que es deber de los Estados:
Tomar medidas para prevenir relaciones comerciales o de inversión que ayuden en el mantenimiento de la situación ilegal creada por Israel en el Territorio Palestino Ocupado. (párrafo 278)
En respuesta al fallo de la CIJ, decenas de personas expertas en derechos humanos de la ONU recordaron a todos los Estados su obligación legal de, entre otras acciones:
"Cancelar o suspender relaciones económicas, acuerdos comerciales y relaciones académicas con Israel que puedan contribuir a su presencia ilegal y régimen de apartheid en el territorio palestino ocupado."
"Imponer sanciones, incluyendo congelamiento de activos, a individuos israelíes, entidades incluyendo negocios, corporaciones e instituciones financieras involucradas en la ocupación ilegal y el régimen de apartheid, así como a cualquier entidad extranjera o nacional bajo su jurisdicción que suministre bienes y servicios que puedan ayudar, asistir o habilitar la ocupación y el apartheid."
El comercio con Israel ayuda inevitablemente a muchos niveles a las políticas de ocupación ilegal y apartheid, así como a su genocidio y otras graves violaciones del derecho internacional, incluida la violación del derecho inalienable del pueblo palestino a la autodeterminación. Ello:
- Contribuye a la sostenibilidad económica y financiera de sus políticas. Desde el inicio de la ocupación en 1967, Israel ha creado una economía integrada. Como destaca Michael Schaeffer Omer-Man, Director de Investigación para Israel-Palestina de DAWN: «Sobre el terreno, en el sistema financiero y en innumerables otros aspectos, no existe una Línea Verde en lo que respecta a la economía israelí». En 2010, tras tres años de disputas políticas con Israel e intentos técnicos fallidos, la OCDE se rindió ante la imposibilidad de distinguir la realidad económica creada por Israel en los TPO de la economía israelí. Por lo tanto, como concluye el análisis de Pietropaoli sobre la "complicidad tácita", "las empresas también corren el riesgo de ser cómplices de las violaciones del gobierno israelí incluso por el mero hecho de llevar a cabo sus actividades empresariales en el país y contribuir a la economía en general, por ejemplo, y pagar impuestos a un gobierno que está cometiendo un genocidio".
- Teniendo en cuenta que Israel dirige una economía integrada en todo el territorio que controla, incluidos los TPO, cualquier comercio o facilitación del comercio, entre otras cosas:
a) Proporciona apoyo para mantener una situación ilegal, es decir, la presencia de Israel, que incluye la ocupación militar ilegal y los asentamientos, que forman parte de un régimen de apartheid más amplio;
b) Incluye negocios con los asentamientos ilegales y otros sectores de la ocupación ilegal;
c) Incluye el comercio de materias primas, incluidos minerales y recursos hídricos, obtenidos ilegalmente de los TPO, y exportados directamente o utilizados en el proceso de producción, que forma parte y contribuye al saqueo de los recursos naturales palestinos por parte de Israel.
El comercio con Israel también se beneficia inevitablemente de la ocupación ilegal, ya que, entre otras cosas:
- Comercia con productos y servicios que dependen de la infraestructura integrada de Israel, que forma parte de la ocupación ilegal israelí, incluidas las carreteras, las comunicaciones y las redes de agua y electricidad.
- Es imposible excluir los productos y servicios que se desarrollan y prueban durante las violaciones israelíes del derecho internacional y los crímenes contra el pueblo palestino.
Los beneficios y las ganancias de los crímenes cometidos por Israel a través de su ocupación del territorio palestino, su violación de la Convención sobre el Apartheid y la Convención sobre el Genocidio, no deben fomentarse, sino prohibirse y perseguirse bajo leyes contra el lavado de dinero.
En lugar de fomentar y promover el comercio con Israel a nivel estatal mediante acuerdos comerciales u otras formas de cooperación, la Comisión Internacional Independiente de Investigación de las Naciones Unidas sobre los Territorios Palestinos Ocupados, incluido Jerusalén Este, e Israel concluyó en su análisis de la Opinión Consultiva de la CIJ que
"La responsabilidad del Estado implica la diligencia debida por parte del Estado para examinar las empresas privadas constituidas en el Estado y las organizaciones sin ánimo de lucro o no gubernamentales registradas en el Estado y sus relaciones con el Estado de Israel y el Territorio Palestino Ocupado. Estas entidades incluyen empresas comerciales, empresas manufactureras, fondos de inversión y bancos que facilitan transferencias de dinero. Los Estados deben exigir un examen exhaustivo de diligencia debida de estas entidades y asegurarse de que no participan en ningún negocio, actividad o apoyo financiero que mantenga la ocupación ilegal o contribuya a mantenerla. Si un Estado descubre que dichas entidades están realizando actividades que mantienen la ocupación ilegal, el Estado debe tomar todas las medidas razonables para impedir las actividades, como revocar la escritura de constitución de una sociedad o revocar el registro de una organización sin ánimo de lucro en ese Estado."
Los Acuerdos de Libre Comercio con Israel y la falsa solución de los mecanismos de "exclusión de los asentamientos"
Tanto la Opinión Consultiva de la CIJ de julio de 2024 como la Resolución A/ES-10/L.31 de la Asamblea General de la ONU, adoptada el 18 de septiembre de 2024 con 124 votos a favor, 43 abstenciones y 14 en contra, establecen que los Estados tienen la obligación de:
- "abstenerse de entablar relaciones convencionales con Israel en todos los casos en que pretenda actuar en nombre del Territorio Palestino Ocupado o de una parte del mismo en asuntos relativos al Territorio Palestino Ocupado o a una parte de su territorio";
- "abstenerse de entablar relaciones económicas o comerciales con Israel relativas al Territorio Palestino Ocupado o a partes del mismo que puedan afianzar su presencia ilegal en el territorio".
Aunque los acuerdos comerciales contengan cláusulas territoriales que excluyan los TPO y/o excluyan los denominados productos de los asentamientos, se trata de una solución falsa.
- En el caso del Acuerdo de Asociación UE-Israel, en el que realmente se negoció un mecanismo de exclusión, desde 1995 la UE se queja constantemente de que «la aplicación del Acuerdo Técnico sigue siendo deficiente y poco fiable, dado que las autoridades israelíes siguen consignando “Israel” en las pruebas de origen de todos los productos de los asentamientos».
- El caso del Acuerdo de Libre Comercio Mercosur-Israel ha demostrado que Israel simplemente se niega a aplicar dichas cláusulas. En 2010, Mercosur informó a Israel de su determinación de excluir los productos de los asentamientos. Hasta hoy, Israel se ha negado incluso a negociar una modalidad de aplicación y Mercosur nunca ha excluido ningún producto del acuerdo.
- La exclusión de los denominados productos de asentamiento no es (sólo) una cuestión de aplicación correcta de las normas de origen, utilizadas para determinar si los productos pueden acogerse a la exención o reducción de derechos en virtud de las normas del ALC aunque puedan contener componentes no originarios (no ALC). Lo que está en juego no es sólo si Israel infringe las normas comerciales (o pretende actuar en nombre de los TPO). Se trata ante todo de la obligación de los Estados de no ayudar y asistir a Israel a mantener la situación ilegal creada por él. No se trata de una disputa comercial, sino de una cuestión de respeto a las obligaciones imperativas erga omnes de los Estados frente a la ocupación ilegal, el apartheid y el genocidio. Esto significa que cualquier grado de componentes, procesamiento u otro tipo de implicación de los asentamientos o cualquier otro aspecto de la presencia ilegal de Israel en los TPO en la producción del producto o servicio es suficiente para que no sólo quede excluido del ALC, sino que se prohíba su importación. Teniendo en cuenta la economía integrada de Israel, es prácticamente imposible que un producto o servicio producido dentro de esa economía cumpla estas obligaciones. Además, como concluyó la Comisión Internacional Independiente de Investigación de la ONU sobre los Territorios Palestinos Ocupados, incluido Jerusalén Este, e Israel «La carga de demostrar que cualquier producto o servicio no procede de los asentamientos recae sobre Israel».
Por lo tanto, es esencial que los Estados se abstengan o deroguen cualquier acuerdo comercial existente con Israel per sé y, en su lugar, impongan sanciones comerciales efectivas y selectivas a Israel.
Los Acuerdos de Libre Comercio y las obligaciones bajo la Convención contra el Apartheid
Luego de décadas en las que organizaciones palestinas, internacionales e israelíes de derechos humanos han denunciado las políticas israelíes como constitutivas del crimen de apartheid, la Opinión Consultiva de julio de 2024 también ha reconocido que Israel viola la prohibición del apartheid.
La Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid estipula además que “la responsabilidad penal internacional se aplicará, independientemente del motivo implicado, a los individuos, miembros de organizaciones e instituciones y representantes del Estado, tanto si residen en el territorio del Estado en el que se perpetran los actos como en cualquier otro Estado, siempre que [...] (b) Ayuden, alienten o cooperen directamente en la comisión del crimen de apartheid”.
Las organizaciones palestinas de derechos humanos, en su informe colectivo histórico “Apartheid israelí: herramienta del colonialismo de asentamiento sionista”, subrayan que: “Los Estados deben asegurarse de no contribuir al mantenimiento de este régimen, ni directa ni indirectamente, incluso a través de entidades privadas y corporativas domiciliadas en su territorio, y a través de sus relaciones con autoridades locales y regionales. Finalmente, los Estados deben tomar acciones positivas para poner fin a esta situación ilegal, lo que debe incluir medidas como sanciones económicas”.
El comercio —y en particular los acuerdos de libre comercio u otras formas de promoción comercial— con Israel abonan, fomentan y cooperan inherentemente con la comisión del crimen de apartheid, considerando que:
- La economía de Israel está estructurada sobre un régimen de apartheid, que incluye, aunque no se limita, a la explotación laboral. La apropiación de tierras, bienes comunes y otros elementos mediante políticas de apartheid son componentes constitutivos de los procesos productivos de la economía israelí del apartheid.
- Es imposible excluir productos y servicios que han sido desarrollados para y probados durante la comisión del crimen de apartheid contra el pueblo palestino.
Esto coloca a los Estados bajo la obligación inmediata de revisar, suspender o cancelar todos los acuerdos comerciales existentes con Israel y, además, imponer sanciones económicas y comerciales específicas y legales.